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Seguridad

Permiso de armas de fuego

Los miembros deben cumplir con la Ley de Armas de Fuego (Cap. 114) obteniendo un permiso de armas de fuego para cualquier arma, munición o vehículo blindado que posean o pretendan adquirir. Las solicitudes se realizan al Jefe de Protocolo a través de IPMIS.

IPMIS

A quién aplica

Miembros que poseen o adquieren armas, municiones o vehículos blindados.

Cómo funciona

  1. 1Solicite el permiso de armas de fuego en IPMIS, dirigido al Jefe de Protocolo.
  2. 2Protocolo tramita la solicitud conforme a la Ley de Armas de Fuego.
  3. 3El permiso es emitido; las armas o municiones retenidas en el aeropuerto son liberadas previa presentación de un permiso válido.